Consejo de Rectores

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El Consejo de Rectores es un órgano de planeación y coordinación de los Centros Universitarios y Sistemas de la Red. Está integrado por:

  • El Rector General, quien lo convoca y preside;
  • El Vicerrector Ejecutivo;
  • El Secretario General;
  • Los Rectores de los Centros Universitarios, y
  • El Director General de Educación Media Superior.

Sus funciones serán técnicas y de carácter consultivo y están reguladas por el Reglamento Interno del Consejo de Rectores.

Son atribuciones del Consejo de Rectores, las siguientes:

  • Presentar en su oportunidad al Consejo General de la Universidad, la propuesta del Plan de Desarrollo Institucional;
  • Recomendar al Rector General estrategias para el funcionamiento armónico de la Red Universitaria en Jalisco;
  • Establecer los mecanismos de coordinación para el cumplimiento de las disposiciones del Consejo General Universitario, y
  • Las demás que les otorguen esta Ley, el Estatuto General y los Reglamentos aplicables.

Fuentes: Ley Orgánica de la UdeG versión que incorpora las modificaciones hasta el 24 de diciembre de 2002; y el Estatuto General de la UdeG versión que incorpora las modificaciones hasta el 29 de agosto de 2008.