Circulares

Sábado 1 de Diciembre de 2018 será día de descanso obligatorio tanto para el personal académico como para el personal administrativo (cláusulas 33 y 61 de los contratos colectivos de trabajo celebrados con el STAUdeG y SUTUdeG, respectivamente).

Lunes 19 de noviembre de 2018 será día de descanso obligatorio tanto para el personal académico como para el personal administrativo (cláusulas 33 y 61 de los contratos colectivos de trabajo celebrados con el STAUdeG y SUTUdeG, respectivamente).

Sábado 2 de Noviembre de 2019 será día de descanso obligatorio tanto para el personal académico como para el personal administrativo (cláusulas 33 y 61 de los contratos colectivos de trabajo celebrados con el STAUdeG y SUTUdeG, respectivamente).

Viernes 12 de Octubre de 2018 será día de descanso obligatorio tanto para el personal académico como para el personal administrativo (cláusulas 33 y 61 de los contratos colectivos de trabajo celebrados con el STAUdeG y SUTUdeG, respectivamente).

Periodo vacacional de verano correspondiente del 26 Julio al 12 de Agosto de 2018 debiendo reanudar labores el lunes 13 de Agosto (cláusulas 34 y 62 de los contratos colectivos de trabajo celebrados con el STAUdeG y SUTUdeG, respectivamente).

Lunes 04 de Junio de 2018 será día de descanso obligatorio tanto para el personal académico como para el personal administrativo (cláusulas 33 y 61 de los contratos colectivos de trabajo celebrados con el STAUdeG y SUTUdeG, respectivamente).

Jueves 10 de mayo sera dia de descanso obligatorio para las madres trabajadoras (cláusulas 33 y 61 de los contratos colectivos de trabajo celebrados con el STAUdeG y SUTUdeG, respectivamente).

Martes 15 de Mayo de 2018 será día de descanso obligatorio tanto para el personal académico como para el personal administrativo (cláusulas 33 y 61 de los contratos colectivos de trabajo celebrados con el STAUdeG y SUTUdeG, respectivamente).

Martes 1° de mayo del año en curso será día de descanso obligatorio tanto para personal académico como para el personal administrativo(cláusulas 33 y 61 de los Contratos Colectivos de Trabajo celebrados con el STAUdeG y SUTUdeG).

Les informo que se podra disfrutar el periodo vacacional de primavera correspondiente al presente año, del día 25 al 08 de Abril, debiendo reanudar labores el día 09 de Abril, de conformidad con lo previsto en las cláusulas 34 y 62 contenidas en los Contratos Colectivos de Trabajo celebrados en STAUdeG y SUTUDG respectivamente.